DOI: https://doi.org/10.7203/CIRIEC-JUR.38.20794

Las cooperativas de trabajo asociado en la economía de plataformas


Resumen


De la Cuarta Revolución Industrial han aflorado espacios virtuales donde intercambiar prestaciones de todo tipo. Las de servicios no han permanecido ajenas a este fenómeno, resultando usual encontrar ecosistemas digitales que, merced a una gestión algorítmica, fueron concebidos para organizar e incluso albergar trabajo de todo tipo. Tratándose de un entorno inédito, las relaciones concertadas en su seno han sido poco propensas a la regulación, integrándose en el vago concepto de la “economía colaborativa”. La concurrencia en ellas de trazos distintivos de otras conocidas por el ordenamiento jurídico obliga a resolver dicha confusión distinguiendo colaboración de cooperación, con el firme propósito de deslindar el espacio que la cooperativa de trabajo asociado está llamada a ocupar dentro de la economía de plataformas previniendo, a su vez, el uso espurio que de ella pudiera hacerse disimulando otras formas de prestar servicios.


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