DOI: https://doi.org/10.7203/CIRIEC-JUR.39.22013

El capital social en la sociedad cooperativa, las aportaciones no dinerarias y la demanda de su reembolso. A propósito de la STS, civil, de 6 de julio de 2021


Resumen


Una controversia indebidamente judicializada entre dos socios expulsados de su sociedad cooperativa de trabajo asociado de enseñanza, de la que fueron socios fundadores y administradores, permiten a la Audiencia Provincial de Murcia y a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo analizar la institución del capital social en la cooperativa. En términos más novedosos, estas resoluciones judiciales profundizan en la noción de aportación social en el Derecho de sociedades de capital y el Derecho de sociedades cooperativas: las prestaciones de bienes o derechos valorables económicamente (o patrimoniales) y transmisibles. Así como en el régimen de las aportaciones no dinerarias y, en especial, en la ineptitud de las prestaciones de trabajo o servicios como aportaciones no dinerarias al capital social de una sociedad cooperativa. El estudio aporta, asimismo, reflexiones de interés sobre las funciones del capital social en la cooperativa.


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