DOI: https://doi.org/10.7203/CIRIEC-JUR.38.20786

El socio de cooperativa y el de sociedad de capital, puntos de divergencia y convergencia en torno a los principios que dirigen la dinámica interna cooperativa. Libre adhesión, control democrático y participación económica del socio


Resumen


Sociedad cooperativa y sociedad de capital son dos estructuras jurídicas para el desarrollo de una actividad empresarial que, operando en el mismo mercado, tienen unos marcados caracteres diferenciadores que se plantean como opuestos. Sus respectivos integrantes, los socios, tienen un estatus y desarrollan papeles diferenciados en la estructura. El concepto legal de cooperativa centra la caracterización en el régimen de libre adhesión y baja voluntaria, con estructura y funcionamiento democrático. Estas notas definitorias deberían bastar para distinguir a las cooperativas de cualquier sociedad de carácter capitalista. Sin embargo, en el ámbito legislativo se producen distintos puntos de convergencia entre ambas clases de sociedades y respecto a las actuaciones de sus socios que, sin confundirlas, comparten soluciones que provocan un acercamiento mutuo que homogeneiza la proyección interna y externa de ambos operadores, y esto se aprecia más que como una tendencia, como un sino, lo que nos debe llevar a una reflexión sobre la asunción de tal homogenización legislativa o la necesidad de su diferenciación para mantener la identidad.


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