El impulso de la Responsabilidad Social de la Empresa en las Entidades de Economía Social: los deberes de los administradores de las sociedades laborales como caso paradigmático


Resumen


Los poderes públicos han promovido e impulsado políticas de Responsabilidad Social entre las empresas en los últimos años. La implantación de tales medidas ha asumido generalmente el principio de voluntariedad conforme al cual los empresarios adoptan comportamientos propugnados por esta filosofía de forma voluntaria. En el caso de las sociedades mercantiles el carácter voluntario de la asunción de medidas de RSE implica que salvo que estos deberes se asuman vía estatutaria, o por acuerdo del Consejo, los administradores no vienen obligados a cumplirlas. La Ley de Sociedades Laborales y Participadas introduce un nuevo modelo: junto a las pautas de diligente y leal administración se impone a los administradores la adopción de prácticas congruentes con la RSE. Ello complementa el patrón del «ordenado empresario» y el «representante leal» y genera para los administradores el deber de desarrollar políticas de RSE en el seno de su sociedad. El incumplimiento de tal obligación puede ser fuente de responsabilidad civil para los administradores o motivo de impugnación de los acuerdos del órgano de administración. Habría de reflexionarse sobre la oportunidad de extender este reciente paradigma a otras EES y sociedades de capital.


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