La asistencia sanitaria en los Centros de Internamiento de Extranjeros


Resum





Un CIE es oficialmente una institución no penitenciaria donde son ingresadas las personas que, careciendo de permiso de residencia en territorio español, tienen pendiente de ejecutar una orden de expulsión, siendo ésta una mera sanción administrativa. La Ley de Extranjería española permite la privación de libertad por esa circunstancia hasta un máximo de 60 días.


En la “Clínica Jurídica per la Justícia Social” hemos elaborado, a petición de la Plataforma “CIEs NO”, el presente trabajo, que pretende encuadrar la regulación delderecho a la sanidad de los extranjeros en situación de internamiento dentro de los CIEs.


Para ello, hemos desarrollado tres apartados fundamentales, que entendemos, sigue la línea argumentativa esencial, del resultado del informe.


En el primer bloque del trabajo, hablaremos sobre el reconocimiento del derecho a la salud y de la asistencia sanitaria, de un modo global, y de cómo los distintos instrumentos internacionales, circunscriben y acogen el derecho a la salud como derecho intrínseco al ser humano. Para ello, comentaremos los distintos instrumentos internacionales, tales como la Carta de las Naciones Unidas de 1945, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, la Constitución de la Organización Mundial de la Salud de 1948, La Carta Social Europea de 1996. Por último, nuestra propia Constitución de 1978, que en su artículo 43 reconoce el derecho a la protección de la salud.


En el segundo bloque, trataremos la regulación general del derecho a la salud. Para ello, haremos mención a la teoría tripartita de los derechos de los extranjeros del Tribunal Constitucional, con la finalidad de determinar, ante qué tipo de derechos nos encontramos. Esta teoría tiene su origen en una sentencia del Tribunal Constitucional en la que se diferencian claramente tres tipos de derechos: “los que corresponden por igual a españoles y extranjeros y cuya regulación ha de ser igual para ambos; los que no pertenecen en modo alguno a los extranjeros (...);; y otros que pertenecerán o no a losextranjeros según lo dispongan los tratados y las Leyes, siendo entonces admisible la diferencia de trato con los españoles en cuanto a su ejercicio”1En segundo, lugar, trataremos la regulación general en nuestra normativa del derecho a la salud, centrándonos específicamente en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, diferenciando entreresidencia legal o “irregular”, ya que, una y otra, confieren asistencias diferenciadas. En tercer lugar, nos centraremos en la situación de internamiento del extranjero dentro del CIE, y de cómo, debido a su anómala realidad, se amplían sus derechos que habían sido modulados por la normativa en materia de extranjería, y ello debido a la “relación de sujeción especial”, teoría ya estudiada por autores doctrinales, dándole en este trabajo, ybajo la finalidad del estudio, una comparativa y una adaptación, para aplicarla a las personas que se encuentran dentro de los CIEs.


En el tercer bloque del trabajo, expondremos los antecedentes legislativos de la situación de internamiento de los extranjeros dentro de los CIEs, así como su actual regulación con la entrada en vigor del Real Decreto 162/2014 de 14 de marzo de 2014, incidiendo, tal y como es la finalidad de éste informe, en las cuestiones atinentes a la materia sanitaria. Para ello, situaremos el marco legislativo de las normas en materia de extranjería, analizando sucintamente, la reciente normativa desarrollada por el nuevo Reglamento, y observaremos si ésta supone una mejora cualitativa respecto de la anterior regulación, o se limita a contemplar en un Reglamento, que ya se venía reclamando desde 1985, las anteriores normas. En un segundo punto, enunciaremos los Autos de los Juzgados de Control que nos parecen más relevantes y que afectan de forma directa o indirecta al derecho de la salud de las personas internas, así como los incidentes con resultado de muerte de las personas que se encontraban dentro de los CIEs. Por último, analizaremos las normas contenidas en el Reglamento y que afectan de forma directa a la materia sanitaria, encuadrándolas en nueve apartados diferenciados, en un intento de simplificar, a modo de herramienta, el Reglamento, y de cómo creemos que debe ser utilizado, en beneficio de la persona internada.





Text complet:

PDF (Español)

Enllaços refback

  • No hi ha cap enllaç refback.


 

https://ojs.uv.es/public/site/images/gascuen/88x31_88_02

Los textos publicados en esta revista están –si no se indica lo contrario– bajo una licencia de Creative Commons: Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional. Puede copiarlos, distribuirlos y comunicarlos públicamente siempre que cite debidamente a su(s) autor(es) y el nombre de esta publicación, Clínica Jurídica per la Justícia Social | Informes (ISSN 2386-9860), no los utilice para fines comerciales y no haga con ellos obra derivada. La licencia completa se puede consultar en Creative Commons

La Universitat de València, sus fundaciones y entidades asociadas están adaptadas a la LOPD y al RGPD. Tienen habilitada una dirección lopd@uv.es para cualquier información, sugerencia, petición de ejercicio de derechos y resolución amistosa de controversias en materia de protección de datos de carácter personal. Más información en https://www.uv.es “política de privacidad”.